En Regularidad Sport el coche lleva equipamiento de seguridad obligatorio: en el Campeonato de España, arco, asientos de competición, arneses y extintor. El arco, los asientos y los arneses son reformas: para el Anexo III tienen que estar legalizados, haber sido habituales en el modelo durante su producción mundial o en los 15 años siguientes (art. 15.2) y no comprometer su originalidad (art. 14.1).
Lo que pide el Campeonato de España y cómo lo ve el Anexo III
| Elemento | Requisito (Reglamento Técnico CERH Regularidad 2026) | ¿Reforma en el Anexo III? |
|---|---|---|
| Estructura de seguridad (arco) | Conforme al Anexo K del CDI; los grupos 1, 3 y N están exentos, aunque se recomienda (art. 2.4). | Sí. Es una reforma: tiene que estar legalizada, haber sido habitual en el modelo en su ventana y no comprometer su originalidad. |
| Asientos de competición y arneses | Asientos FIA 8855-1999 y arneses FIA 8853/98 o 8854/98 (art. 2.4). | Sí. Cambiar asientos o anclajes es reforma: mismas tres condiciones del RD 892/2024. |
| Extintor | De 2 kg como mínimo, sólidamente anclado en el habitáculo (art. 2.1). | No suele figurar como reforma, pero su anclaje no puede comprometer la originalidad (art. 14.1). |
| Casco FIA y mono ignífugo | Obligatorios para piloto y copiloto (art. 2.9). | No. Es equipamiento de las personas, no del coche. |
| Faros auxiliares | Se permite otra tecnología de lámpara en los auxiliares si mantienen el aspecto de época (art. 2.8). | Sí, si se montan faros que no son de serie: legalizados y habituales en el modelo en su ventana. |
Fuente: Reglamento Técnico del Campeonato de España de Rallyes Históricos de Regularidad 2026 (RFEDA). Las pruebas de otros campeonatos tienen su propio reglamento particular.
El punto delicado: el arco
Que un reglamento deportivo exija un arco no lo convierte en admisible para el Anexo III. El RD 892/2024 pide lo mismo para todas las reformas: legalizado según la normativa vigente cuando se montó, habitual en el modelo dentro de su ventana y sin comprometer su originalidad ni alterar sustancialmente su estética. Por eso lo revisamos con fotos antes de empezar.
Las fichas de homologación FIA de época y el Anexo J de cada época ayudan a demostrar qué estructuras y asientos se usaban en el modelo en su tiempo.
En los dos casos, el Anexo III exige lo mismo para cada reforma: que esté legalizada según la normativa vigente cuando se hizo, que fuera habitual durante la producción mundial del modelo o en los 15 años siguientes (art. 15.2 del RD 892/2024) y que no comprometa su originalidad ni altere sustancialmente su estética (art. 14.1). Si una sola falla, el certificado es desfavorable (art. 15.3).
Las demás reformas típicas de un coche Sport, una a una: reformas de rally y regularidad.