Respuesta corta
El art. 15.2 del RD 892/2024 admite las reformas habituales durante la producción del modelo o en los 15 años siguientes, con independencia de cuándo se hicieran. Se usa la producción mundial, no solo la española.
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Tres ideas para no equivocarse
- Manda el modelo, no tu unidad. Un coche de 1972 de un modelo fabricado hasta 1985 tiene ventana hasta 2000.
- Manda la producción mundial. Si el modelo se siguió fabricando en otro país, la ventana se alarga.
- Lo que se justifica es el tipo de reforma. Una suspensión legalizada en 2023 en un modelo de los 80 vale si esa suspensión era habitual en la época.
Fuente: Real Decreto 892/2024 (BOE).