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Anexo III con suspensión modificada (muelles y amortiguadores)

Suspensión: cómo se certifica en el informe Anexo III.

Actualizado el 5 de noviembre de 2026

Respuesta corta

Sí. Muelles y amortiguadores distintos a los de serie se certifican si ese tipo de cambio era habitual para el modelo en su época, algo muy común en deportivos y todoterrenos.

Cómo la justificamos

  • Catálogos de época de los fabricantes de muelles y amortiguadores con referencias para el modelo.
  • Versiones de fábrica del mismo modelo que ya montaban otra suspensión.
  • Prensa y competición de la época que muestran la preparación.

Siempre dentro del criterio del art. 15.2: producción mundial del modelo más 15 años, sin importar cuándo se hizo la reforma, y con la reforma legalizada en la ficha técnica. Si en tu caso no encaja, te lo decimos al revisar la ficha: no certificamos lo que el RD 892/2024 no admite.

Fotos que necesitamos

  • El coche de lado, a la altura de las ruedas.
  • Muelles o amortiguadores con su marcaje, si se ven.
  • Además, la ficha técnica completa, el permiso y el coche por los cuatro lados (documentación).

Un detalle

Si la anotación solo dice «muelles» sin marca, se justifica el cambio de muelles con lo que figura y nada más.

Marcas donde la vemos a menudo

BMW · Land Rover y Santana · Toyota, Nissan y Mitsubishi · Volkswagen y Mini

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