Anexo III en 1-3 días · todo por WhatsApp · toda EspañaWhatsApp 664 135 185Tel. 965 480 931
WhatsApp
Inicio › Reformas › Enganche de remolque
anexotres.es

Anexo III con enganche de remolque

Enganche de remolque: cómo se certifica en el informe Anexo III.

Actualizado el 5 de noviembre de 2026

Respuesta corta

Sí. Un enganche anotado en la ficha se certifica en el Anexo III si ese accesorio era habitual en el modelo durante su producción mundial o en los 15 años siguientes. Es la reforma que más vemos.

Cómo la justificamos

  • La contraseña de homologación del enganche y la masa máxima remolcable (MMR) que figuran en la ficha.
  • Catálogos del fabricante del enganche de esos años y el enganche ofrecido como accesorio oficial de la marca.
  • Si se legalizó en ITV dentro del periodo del modelo, esa fecha se aporta como prueba adicional.

Siempre dentro del criterio del art. 15.2: producción mundial del modelo más 15 años, sin importar cuándo se hizo la reforma, y con la reforma legalizada en la ficha técnica. Si en tu caso no encaja, te lo decimos al revisar la ficha: no certificamos lo que el RD 892/2024 no admite.

Fotos que necesitamos

  • El enganche completo, de lado y de frente.
  • La placa del fabricante con la contraseña, si se lee.
  • Además, la ficha técnica completa, el permiso y el coche por los cuatro lados (documentación).

Un detalle

Si la ficha no indica la marca del enganche, no la inventamos: se justifica el tipo de accesorio con lo que consta.

Marcas donde la vemos a menudo

Mercedes-Benz · Land Rover y Santana · Toyota, Nissan y Mitsubishi · Furgonetas y autocaravanas

Consultar mi reforma por WhatsApp

WhatsApp Anexo III en 1-3 díasRespuesta por WhatsAppWhatsApp